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Gobernación de Risaralda

Detalle de los requisitos para adquirir el Pasaporte

REQUISITOS DE MENOR DE EDAD 

La Oficina de Pasaportes de Risaralda se abstendrá de realizar el trámite cuando existan inconsistencias, deterioro o falta de información en los documentos solicitados, amparados en la resolución 6888 de 2021, Art 17.

La Oficina de Pasaportes de Risaralda se reserva el derecho de solicitar documentos complementarios para el trámite cuando lo considere necesario, amparados en la resolución 6888 de 2021, Art 17.

Para el trámite del menor se debe de presentar:

Fiel copia del registro civil de nacimiento (original para la oficina de registro) con espacio de notas. Si el menor tiene siete o más años de edad se debe anexar la tarjeta de identidad original en buen estado y, adicionalmente, la cédula del padre que representará al menor en el trámite. NO se admiten fotocopias de folios de registro civil autenticadas, segunda copia para el usuario, folios plastificados ni registros deteriorados.

NOTA: El registro civil de nacimiento original SE ENCUENTRA UNICAMENTE donde fue expedido la primera vez, si el registro es expedido por Consulado, se puede solicitar en notaria primera de Bogotá.

Requisitos para apoderados de un menor:

  • Registro civil de nacimiento original
  • Tarjeta de identidad original ( 7 o más años de edad).
  • Poder de ambos padres emitidos por consulado (puede ser en copia), notaria (originales y si son del exterior debidamente apostillados o legalizados según sea el caso)

NOTA: Si los poderes no están en idioma español, TIENEN que ser traducidos al castellano por un traductor oficial.

  • Copia de las cédulas de ambos padres legibles y en buen estado (la última cédula expedida), si uno de los padres ha fallecido, se debe anexar copia del registro civil de defunción.
  • Cédula original del apoderado.

NOTA: Si el poder de notaría se realizó hace más de 2 años, se debe solicitar un certificado de vigencia ante la misma entidad.

Tenga en cuenta lo siguiente:

Según la Resolución 12880 del 12 de diciembre de 2024, “ARTÍCULO 1. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto modificar el artículo 15 de la Resolución 6888 de 2021, con el fin de que el menor de edad no deba cambiar su pasaporte al cumplir siete años o al alcanzar la mayoría de edad.”

 

Consulte todos los requisitos para menores de edad

 

REQUISITOS PARA MAYORES DE 18 AÑOS

La Oficina de Pasaportes de Risaralda se reserva el derecho de solicitar documentos complementarios para el trámite cuando lo considere necesario, amparados en la resolución 6888 de 2021, Art 17.

La Oficina de Pasaportes de Risaralda se abstendrá de realizar el trámite cuando existan inconsistencias, deterioro o falta de información en los documentos solicitados, amparados en la resolución 6888 de 2021, Art 17.

Se debe presentar:

- Cédula de ciudadanía original y física, en perfecto estado, completamente legible y en el formato vigente (si la cédula presenta perforaciones y/o deterioro que altere la fotografía, la información del titular o las condiciones generales del documento de identificación, será denegada y se solicitará la contraseña de su duplicado), se debe presentar la última cédula expedida por Registraduria.

- Contraseña por primera vez: debes acompañarla con una copia de tu registro civil, con espacio para notas, firmado y sellado por notario, registrador o cónsul, según sea el caso.

- Contraseña por duplicado o renovación en el formato válido, emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Antes de presentarte a la cita, verifica en la Registraduría si tu cédula ya está disponible para reclamar, de ser así deberás presentar la cédula original.

- Contraseña por rectificación de datos: tendrás que esperar a que tu documento original (cédula) esté disponible, debido a que este tipo de contraseña no se admite para tramitar el pasaporte.

Si eres colombiano por adopción deberás presentar tu acta de juramento y carta de naturaleza o resolución de inscripción, según sea el caso.

NOTA:

Si expediste tu cédula por primera vez teniendo una edad superior a los dieciocho años; deberás presentar copia de tu registro civil con espacio para notas, firmado y sellado por notario, registrador o cónsul, según sea el caso. Este documento deberá ir acompañado de fotocopia (totalmente legible) de la cédula colombiana de al menos uno de tus padres.

Si eres ciudadano colombiano nacido fuera del territorio nacional deberás presentar los siguientes documentos:

Cédula de ciudadanía original o contraseña de cédula (primera vez o duplicado) en formato válido emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Copia de tu registro civil con espacio para notas, firmado y sellado por notario, registrador o cónsul, según sea el caso. Fotocopia totalmente legible de la cédula colombiana del padre o madre que transfiere la nacionalidad, si este ya falleció, se debe presentar su registro civil de defunción colombiano.

Si el padre o madre que transfiere la nacionalidad colombiana nació fuera del territorio nacional y/o expidió su cédula por primera vez, de manera extemporánea, en los términos de Ley, el solicitante deberá acreditar la trazabilidad de su nacionalidad en los términos de Ley y de acuerdo a lo establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

 

Consulte todos los requisitos para mayores de edad

 


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Fecha de publicación 14/03/2022 12:00 am
Última modificación 06/02/2024 06:43 pm